Lunes 3 de Agosto de 2026

24 de septiembre de 2025

La Pampa:Condenaron a un Diacono a ocho años de prisión por violar a una menor de 15 años

Los abusos ocurrieron entre junio y octubre de 2018, cuando el acusado accedió carnalmente a la adolescente mediante amenazas y aprovechándose de la situación de poder que ejercía por su rol dentro de la comunidad religiosa.

El juez de audiencia de juicio de General Pico, Marcelo Pagano, condenó a Antonio Catalán (67 años) a ocho años de prisión efectiva por abuso sexual con acceso carnal agravado, cometido contra una menor de 15 años. El delito fue calificado como continuado y agravado por la condición de ministro de culto reconocido, dado que el acusado se desempeñaba como diácono en la iglesia a la que asistía la víctima.

La sentencia fue dictada tras dos jornadas de debate desarrolladas en los Tribunales de General Pico, con la participación de la fiscala Andreína Montes y la defensa particular del imputado, a cargo del abogado Ariel García. Mientras el Ministerio Público Fiscal solicitó la pena finalmente impuesta, la defensa había pedido la **absolución** del acusado.

Abuso, amenazas y poder

Según logró acreditar el juez, los abusos ocurrieron entre **junio y octubre de 2018**, cuando el acusado accedió carnalmente a la adolescente **mediante amenazas y aprovechándose de la situación de poder** que ejercía por su rol dentro de la comunidad religiosa.

En su fallo, Pagano subrayó la necesidad de analizar el caso “**con perspectiva de género y teniendo en cuenta el interés superior del niño**”, en línea con las disposiciones establecidas por la normativa nacional e internacional sobre protección de menores.

Agravamientos y fundamentos del fallo

Al momento de definir la pena, el magistrado señaló que la **condición de diácono fue clave** para que el acusado pudiera concretar los abusos, y citó jurisprudencia que respalda el agravamiento de la pena cuando el victimario es un **ministro de culto**, más allá de la existencia o no de una relación espiritual directa con la víctima.

“La pena se agrava porque el autor viola los mayores deberes de moralidad y honestidad que le impone su investidura”, expresó el juez, haciendo hincapié en la **asimetría de poder** que existía entre el acusado y la joven.

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