Lunes 16 de Marzo de 2026

13 de noviembre de 2025

La Pampa:Una mujer fue a un aula, insultó a los profesores, interrumpió la actividad educativa y ahora deberá pagar una importante suma de dinero

El Juzgado Contravencional de la Segunda Circunscripción Judicial, con cabecera en General Pico, dictó sentencia a una madre por insultos agraviantes a personal docente en ocasión de servicio en concurso ideal con perturbación de la actividad educativa.

En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, el juez contravencional Maximiliano Boga Doyhenard de General Pico,  condenó a una mujer de 36 años, por juzgarla autora penalmente responsable de la infracción a los arts. 91 y 92 inc. 2º del C.C. a la pena de nueve días multa, equivalente a un importe total de ciento setenta y tres mil doscientos noventa y cinco pesos.

Además le aplicó una amonestación, exhortándola a que hechos de esta naturaleza no se vuelvan a repetir. También le impuso una interdicción de cercanía (Art. 19 C.C.) respecto de tres docentes, a una distancia no menor a 100 metros del domicilio de cada una y  prohibición de contacto con las mismas, por cualquier medio, ya sea por redes sociales, whatsapp o a través de terceras personas, por el término de seis meses. En caso de que la imputada deba concurrir al colegio en donde estudia su hijo, deberá abstenerse de ocasionar molestias y/o perturbaciones a las docentes antes indicadas.

Las pruebas aportadas en el acuerdo de juicio abreviado permitieron al juez comprobar que la imputada se presentó en la escuela donde asisten sus hijos a fin de dialogar por lo sucedido el día anterior con su hija, y en dicha oportunidad comenzó a gritar y maltratar a la Directora, Vicedirectora y otras docentes, para luego proferirles insultos y amenazas vinculadas al accionar de dichas autoridades y personal educativo, que solamente cumplían con su labor y era el proceder correcto.

“La agresión de la imputada produjo además la perturbación de la actividad educativa en esos momentos, por lo que resulta merecedora de reproche contravencional conforme lo sancionan los art. 91 y 92 inc. 2° del C.C.. Asimismo, corresponde mediante las medidas de protección dispuestas garantizar la seguridad de las docentes y mediante la amonestación a la imputada, exhortarla a que hechos de esta naturaleza no se vuelvan a repetir, remitiéndose copia de lo que aquí se resuelve a la Dirección de la Escuela de esta ciudad para su conocimiento”, agregó el magistrado.

El acuerdo fue presentado por el fiscal contravencional Sebastián Rawson Paz, la imputada y el defensor Alejandro Piñeiro.

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