14 de octubre de 2026
Con la modificación de subsidios del Gobierno Nacional los pampeanos podrían pagar hasta un 60% más por el gas
La reforma del régimen de Zonas Frías ya fue promulgada por el Gobierno nacional y tendrá consecuencias directas sobre las facturas de gas de los hogares pampeanos. Aunque nuestra provincia conservará su inclusión dentro de las regiones beneficiadas, los cambios en la aplicación de los descuentos podrían provocar aumentos de entre el 40% y el 60%.
El Gobierno nacional de Javier Milei promulgó este martes la modificación del régimen de Zonas Frías, que reduce el alcance de los subsidios al consumo de gas natural y cambia las condiciones de acceso a las bonificaciones.
En La Pampa, el impacto podría traducirse en incrementos de entre el 40% y el 60% en las facturas domiciliarias, pese a que la provincia continuará formando parte de las regiones reconocidas por sus condiciones climáticas.
La reforma quedó establecida mediante la Ley 27.828, publicada en el Boletín Oficial después de su aprobación en el Congreso de la Nación el pasado 24 de septiembre.
La iniciativa, impulsada por La Libertad Avanza, forma parte de la política de reducción del gasto público del Ejecutivo nacional, que estima alcanzar un ahorro fiscal de aproximadamente 400 millones de dólares anuales.
Hasta ahora, los usuarios comprendidos en las zonas históricamente reconocidas por el régimen contaban con una bonificación del 50% sobre los cuadros tarifarios correspondientes. Con la nueva legislación, la determinación concreta del beneficio queda bajo la órbita del Poder Ejecutivo nacional, mientras que determinados componentes de la factura, como transporte, distribución y cargo fijo, quedarían fuera del esquema de descuentos.
La Pampa mantiene el beneficio, pero cambia su aplicación
Uno de los aspectos centrales de la reforma es que La Pampa continuará incluida dentro del régimen especial junto con el resto de la Patagonia, la Puna y el departamento mendocino de Malargüe.
Sin embargo, la permanencia dentro del sistema no garantiza que los usuarios mantengan el mismo nivel de bonificación que recibían hasta ahora.
La modificación introduce cambios en la manera de calcular los descuentos y en los conceptos alcanzados por los subsidios. Esto podría generar aumentos significativos en las facturas, incluso para aquellos hogares que continúen siendo beneficiarios.
La situación resulta especialmente sensible para las familias pampeanas, donde las bajas temperaturas durante buena parte del año convierten al gas natural en un servicio indispensable para la calefacción de las viviendas.
Más de 3,3 millones de usuarios pierden el acceso automático
La nueva normativa elimina buena parte de la ampliación del régimen aprobada en 2021, cuando numerosas localidades del país fueron incorporadas al sistema de bonificaciones por condiciones climáticas.
Hasta la modificación, los usuarios alcanzados podían acceder a descuentos del 30% o del 50%, según las condiciones previstas por la legislación.
Con la reforma, millones de hogares de las regiones excluidas dejarán de recibir automáticamente esas bonificaciones.
No obstante, algunos podrán conservar beneficios adicionales si están inscriptos en el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), residen en zonas bioambientales contempladas por la normativa y cumplen determinados requisitos socioeconómicos.
Entre las condiciones previstas aparecen ingresos familiares que no superen tres canastas básicas totales, la posesión de un Certificado de Vivienda Familiar correspondiente al ReNaBaP o la percepción de una pensión para veteranos de Malvinas. También se contempla la situación de personas con discapacidad, cuya necesidad de asistencia deberá ser evaluada por las autoridades energéticas.
Un nuevo recargo sobre el precio del gas
Otro punto importante de la legislación es la aplicación de un recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), destinado a financiar el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas.
El cargo alcanzará al gas consumido o comercializado dentro del territorio nacional, con determinadas excepciones, como las exportaciones y el gas natural licuado importado y regasificado.
Aunque este recargo podrá trasladarse a las facturas de los consumidores, no significa que el importe final aumente automáticamente un 7,5%, ya que se aplica sobre el componente mayorista del gas y no sobre la totalidad de los conceptos facturados.
La nueva legislación también otorga al Poder Ejecutivo facultades para modificar el nivel del recargo dentro de los límites establecidos.