Lunes 27 de Julio de 2026

22 de agosto de 2024

La Pampa: Intendente propone 5 años de residencia en su pueblo para recibir ayuda social municipal

El intendente Facundo Sola, envió al Concejo Deliberante para su tratamiento, un proyecto de Ordenanza que establece un mínimo de cinco años de residencia en Realicó para ser asistidos con ayuda social del municipio. La iniciativa obedece a un constante reclamo de vecinos nativos de la localidad, ante la permanente llegada de personas de otras ciudades o provincias con diversas necesidades, como trabajo, vivienda, ayuda para pagar servicios, alquileres, etc, que concurren al municipio para que se le otorgue algún tipo de asistencia proveniente del esfuerzo de la comunidad.

La nueva ordenanza que deberá ser aprobada por los concejales de Realicó, reemplaza a la promulgada en el año 1996 que establecía una antigüedad mínima de dos años de domicilio en la localidad, para adquirir el derecho de solicitar asistencia social a la municipalidad.

Es constante la llegada de personas y familias de distintas partes del país en busca de nuevas y mejores oportunidades, pero ante un contexto macroeconómico complejo que afecta los recursos municipales obliga a la necesidad de escuchar y dar prioridad al planteo de vecinos nativos o con muchos años de residencia en Realicó que expresan su disconformidad ante la constante llegada de nuevos habitantes con diversas necesidades, como trabajo, vivienda, ayuda para pagar servicios, alquileres, etc. y que luego concurren al Municipio para que se le otorgue algún tipo de asistencia proveniente de la comunidad.

"La escasez de recursos disponibles para la atención de la problemática social hace necesario privilegiar la cobertura social de los vecinos ya radicados en Realicó" aseguró el mandatario. 

En tal sentido Sola le pide a los concejales que aprueben su solicitud y quede establecida una antigüedad mínima de cinco años de domicilio real en la localidad, presentando constancia que acredite la residencia a través del documento de identidad, facturas de servicios, y/o Declaración Jurada con dos testigos ante Juzgado de Paz, para adquirir el derecho de solicitar algún tipo de asistencia social a la municipalidad. 

Vale decir que la nueva disposición también contempla casos de fuerza mayor que pudieran surgir, pero los mismos deberán ser analizados y evaluados con minuciosidad.

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