Lunes 16 de Septiembre de 2024

2 de septiembre de 2024

El presidente de la Nación oficializó el veto total de la Ley de Movilidad Previsional

Este lunes el decreto 782/2024 confirma lo que les había adelantado a los legisladores que recibió el viernes en la Casa Rosada, y que ya había anunciado ni bien los senadores aprobaron la norma

El presidente de la Nación, Javier Milei, vetó de manera completa el proyecto de ley registrado bajo el N° 27.756, sancionado el pasado 22 de agosto, por el cual se disponen importantes modificaciones al régimen jurídico aplicable a la Movilidad Previsional y a la Seguridad Social.

Así se confirmó en los primeros minutos de este lunes, con la publicación en el Boletín Oficial del decreto 782/2024, que consta de tres artículos, el primero de los cuales observa en su totalidad el proyecto de ley, mientras que en el segundo se indica que se devuelve al congreso dicho proyecto de ley. El Parlamento tiene potestad ahora de decidir si acepta el veto o insiste con esa iniciativa, tal cual está facultado por el artículo 83° de la Constitución nacional.

Recordemos que el proyecto de ley tuvo origen en Diputados, donde como cámara de origen tendrá que iniciarse el proceso de rechazo del veto, que solo prosperará en caso de alcanzarse los dos tercios de los votos de los presentes. En caso de que eso suceda, deberá repetirse el proceso en el Senado, donde el proyecto se convirtió en ley con 61 votos a favor y 8 en contra.

El veto lleva las firmas del presidente de la Nación, su jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y los ministros Sandra Pettovello, Luis Andrés Caputo, Diana Mondino, Luis Petri, Patricia Bullrich, Mario Antonio Russo y Federico Adolfo Sturzenegger.

El decreto establece que el proyecto de ley sancionado por el Congreso “es manifiestamente violatorio del marco jurídico vigente en tanto no contempla el impacto fiscal de la medida ni tampoco determina la fuente de su financiamiento”.

En ese sentido precisa el decreto que el artículo 38 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera “es claro al exigir de forma expresa que ‘oda ley que autorice gastos no previstos en el presupuesto general deberá especificar las fuentes de los recursos a utilizar para su financiamiento’”.

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