Miércoles 10 de Junio de 2026

22 de enero de 2024

Ahora los médicos podrán seguir recetando marcas específicas de remedios

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A través de un nuevo decreto en el Boletín Oficial, se flexibilizó la normativa que obligaba a los profesionales a indicar drogas genéricas y no de un laboratorio en particular Luego de escuchar el reclamo de las cámaras empresarias del sector, de asociaciones médicas y de la propia Academia Nacional de Medicina, el Gobierno finalmente modificó el artículo del Decreto de Necesidad y Urgencia (de desregulación de la economía) que impedía a los profesionales de la salud recetar marcas específicas de remedios. La marcha atrás del Poder Ejecutivo fue confirmada a través del Decreto 63/2024, allí se estableció además que, en el caso de que se utilice el sistema de receta electrónica, el farmacéutico “deberá devolver al profesional actuante la información en caso de sustitución en farmacia” del medicamento en cuestión, “para preservar un adecuado seguimiento del tratamiento clínico del paciente”. Otro de los puntos que modifica el nuevo Decreto tiene que ver con la posibilidad de que los establecimientos que no estén habilitados como farmacias puedan vender remedios, lo cual se mantendrá, aunque se limitará “a los antiácidos y los analgésicos”. Por último, se aclaró que “las droguerías podrán exclusivamente despachar al público recetas en las que se prescriban medicamentos oncológicos o de tratamientos especiales que se encuentren listados por la autoridad de aplicación”. El Gobierno decidió avanzar con estos cambios, luego de las críticas formuladas por la Academia Nacional de Medicina (ANM) y por 48 entidades médicas a las normas que se establecieron en el DNU presidencial del 20 de diciembre.

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