Lunes 3 de Agosto de 2026

12 de junio de 2025

Compras sin IVA en el supermercado: quiénes se benefician con el cambio

A partir del 1° de julio, las compras en supermercados y comercios de alimentos por hasta 10 millones de pesos quedarán exceptuadas del pago del IVA, beneficiando a pequeños comercios y consumidores finales.

A partir del 1° de julio, entrará en vigencia una importante modificación en la percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para supermercados y comercios de alimentos.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó esta resolución, mediante la Resolución General 5710/2025, que exceptúa del pago del IVA a todas las compras realizadas por consumidores finales que no superen los 10 millones de pesos.

Esta nueva normativa, que busca facilitar el acceso a dineros informales, establece que ya no será necesario aplicar el régimen de percepción en transacciones que se encuentren dentro de este límite. Como establece el texto oficial, “el régimen de percepción no será de aplicación cuando los adquirentes, locatarios o prestatarios declaren expresamente su condición de consumidor final a través de la aceptación del comprobante o factura que para tales efectos se emitirá”.

La resolución identifica específicamente cuatro actividades comerciales que se verán favorecidas: la venta mayorista en supermercados de alimentos, la venta al por menor en hipermercados, la venta minorista en supermercados y la operación de minimercados y autoservicios que ofrezcan productos alimenticios.

  Creció 34,1% el comercio entre Argentina y Brasil en mayo, pero dejó un déficit de US$ 535 millones

Todas estas compras, siempre que cumplan con el monto establecido, estarán exceptuadas desde el inicio de julio. Este cambio representa una simplificación significativa en la operativa de los comercios, ya que ahora el único criterio para determinar la aplicación del IVA será el monto de la compra, reduciendo el riesgo de conflictos entre vendedores y clientes.

Antes, los comerciantes debían identificar la condición de consumidor final de cada comprador, lo que generaba situaciones complejas, como aplicar recargos en casos de compras excesivas. El tributarista Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios, señala que, “cuando una persona supermercado opera con otra que le dice que es consumidor final, pero por lo que está comprando puede presumir que no lo es, entonces debía aplicarle la percepción sobre el total de la compra”.

Esta complicada situación llevó a frecuentes disputas en los puntos de venta, afectando tanto a los pequeños comerciantes como a empresas informales. La nueva norma ofrece, por tanto, un parámetro claro: cualquier compra inferior a 10 millones de pesos se considera automáticamente como realizada por un consumidor final.

Con esta medida, los supermercados y minimercados se liberan de la carga de analizar el perfil de consumo de cada cliente, facilitando el proceso de venta. Además, el cambio se alinea con una actualización en el régimen de emisión de comprobantes que también establece el mismo límite de 10 millones de pesos para la identificación de consumidores finales.

Domínguez destaca que esta modificación altera significativamente la dinámica comercial, moviendo el foco de la presunción subjetiva de los vendedores al monto objetivo.

 

En consecuencia, los pequeños comercios y empresas informales que operan en el sector alimentario son los más beneficiados. Sin embargo, para las empresas que realizan sus operaciones de manera legal, el impacto es relativamente menor.

Según Domínguez, “para las empresas que operan en blanco, mientras tanto, no cambia mucho porque si les interesa descargar el IVA pueden pedirlo”. Es importante señalar que aquellos productos que se compran pueden tener diferentes alícuotas, y los valores de la percepción también variarán con el tipo de artículos adquiridos.

Por otro lado, se aclara que queda en la norma cómo se debe proceder en cuanto a la declaración de consumidores finales a través de comprobantes específicos. Así, a partir del 1° de julio, la carga de pruebas y las discusiones sobre la naturaleza tributaria de los compradores en supermercados y otros locales de alimentos se simplifican notablemente.].

COMPARTIR:

Notas Relacionadas

La Pampa: Monica Valor confirmo que son Diez vecinos los que están estudiando gracias al plan de la UNLPam

La intendenta de esta localidad, Mónica Valor, es una de las impulsoras del programa provincial, lanzado por el gobernador Sergio Ziliotto, de “Universidad de La Pampa en Territorio”. La jefa comunal firmó en enero un convenio con la casa de altos estudios para acceder a carreras a distancia que tiene muy buena aceptación en toda la provincia.

Diez años de prisión por abusar de la hija de su pareja

Un hombre de 36 años fue condenado a diez años de prisión por abusar sexualmente en, al menos, tres oportunidades, de la hija de su pareja cuando ambos convivían en el mismo inmueble.

La Pampa: A los tiros contra dos perros: uno murió y otro quedó herido

Personal policial de Rancul, bajo directivas de la Fiscalía de Delitos contra la Propiedad, a cargo del doctor Damián Alberto Campos, investiga un hecho ocurrido este fin de semana sobre un camino vecinal de la localidad, en el que un perro murió y otro resultó herido tras recibir presuntos disparos de arma de fuego.

Comentarios

Escribir un comentario
Los comentarios se envían y quedan pendientes de moderación.
Comentarios
Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno.