Miércoles 18 de Junio de 2025

18 de junio de 2025

CONVOCATORIA ASAMBLEA ELECTORAL DE DISTRITO CEVIC

-COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD, CREDITOS, OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DE VICTORICA LIMITADA, domiciliada en Calle 14 N° 720 de la localidad de Victorica, La Pampa, C.U.I.T. Nº 30-57186827-6, Matrícula Nacional N° 1342, Matrícula Provincial N° 10.

CONVOCATORIA ASAMBLEA ELECTORAL DE DISTRITO

Conforme a los artículos 3 y 4 del del reglamento de Asambleas por Distrito, convocamos a todos los asociados a la Asamblea Electoral de Distrito a realizarse el sábado 05 de Julio de 2025. El acto Eleccionario iniciará a las 09 hs y finalizará a las 15 hs. Las mesas electorales se encontrarán situadas en cada uno de los distritos:

Distrito Victorica: en las instalaciones de la Cooperativa situado en calle 14 N° 720 de la localidad de Victorica, Presidente de Asamblea Sr. Jorge Eduardo Diaz, Secretario: Sr. Julio Fiorenza.

Distrito Telen: en las instalaciones de la Municipalidad de Telen, situada en Avenida San Martin s/n de la localidad de Telen; Presidente de la Asamblea: Sra. Brenda Pinto, Secretario: Sra. Oriana Yazmín Ortellado;

Distrito Luan Toro: en las instalaciones de la Municipalidad de Luan Toro, situada en calle España Madre Nuestra N° 216 de la localidad de Luan Toro, delegados, Presidente: Sr. Alejandro Moreyra, Secretario: Sra. Lucia Miner;

Distrito Carro Quemado: en las instalaciones de la Municipalidad de Carro Quemado, situada en calle Boulevard Sarmiento de la localidad de Carro Quemado, delegados, Presidente: Sra. Alicia LLano, Secretario: Sr. Oscar Rodrigo Huarte, y

Distrito Loventuel: en las instalaciones de la Comisión de Fomento Loventuel, situada en Avenida de Mayo s/n de la localidad de Loventuel, delegados, Presidente: Sra. Lorena Beatriz Sosa, Secretario: Sra. Elizabeth Molina Soria.

 

Orden del día:

1)Elección de tres (3) asociados con derecho a voto para la conformación de la junta escrutadora en cada distrito electoral.

2) Elección de los delegados correspondientes a cada distrito.

Victorica: 10 delegados titulares, 5 delegados suplentes.

Telen: 2 delegados titulares, 2 delegados suplentes.

Carro Quemado: 1 delegado titular, 1 delegado suplente.

Loventuel: 1 delegado titular, 1 delegado suplente.

Luan Toro: 1 delegado titular, 1 delegado suplente.

 

NOTAS:

La elección de los delegados se practicará por listas las que serán presentadas para su oficialización al Consejo de Administración hasta el día el día 23 de junio de 2025 a las 12:30   hs. Teniendo en cuenta que los días 16 y 20 de junio son feriados y la CEVIC Ltda. se encontrará cerrada al público, en caso de querer presentar lista en alguno de esos días, deberán comunicarse al número telefónico 2954-320143 a los fines de que se coordine la recepción de la documentación pertinente, en horario de 08:00 a 12:30hs.

Las listas se confeccionarán por Distrito las que contendrán los siguientes datos: Número de asociado, nombre y apellido, documento de identidad, domicilio y el carácter de miembro titular o suplente. Las listas deberán contar con el apoyo de una cantidad de asociados adherentes, equivalentes a la mitad de los candidatos que la integran, incluidos los suplentes. los integrantes de las listas no podrán estar afectados por las incompatibilidades previstas para ser consejeros conforme al art. 46 y 47 del estatuto social[1]. (art. 11) Para ser candidato se requiere tener abonada sus facturas hasta el periodo 04/2025 inclusive cuyo segundo vencimiento corresponde al día 12/06/2025.-

Recibidas las listas, el Consejo de Administración deberá expedirse dentro de las 72 horas de recibidas las listas y si fueren objeto de observaciones, los proponentes dispondrán de cinco días para subsanar los defectos, bajo apercibimiento de su no oficialización (art.12). -

Asimismo, se pone en conocimiento que el Padrón General de Asociados en condiciones de votar, se encuentra disponible en las instalaciones de la CEVIC Ltda., a los fines de solicitar la tarjeta credencial habilitante para participar de la asamblea (art. 6).  Para ejercer su derecho electoral los asociados personas físicas deberán presentarse munidos de su documento de identidad (art. 7)

Podrán participar de la Asamblea los asociados incluidos en el padrón correspondiente al último ejercicio, debidamente actualizado, quienes ejercerán su derecho a voto en el distrito correspondiente al último domicilio registrado en la Cooperativa, siempre y cuando no registren deuda o tengan litigios en trámite con la Cooperativa. Deberá tener abonadas sus facturas hasta el periodo 04/2025 inclusive cuyo segundo vencimiento corresponde al día 12/06/2025 (art. 5).

Se votará por lista completa, voto secreto, no autorizándose el voto por poder, y la elección se efectuará por mayoría de votos (art. 7, 13 y 14).

Los delegados electos recibirán la credencial firmada por presidente y secretario de asamblea para participar de la Asamblea General Ordinaria.

 

 

 

            FIORENZA, Julio                                              DIAZ, Jorge Eduardo

             SECRETARIO                                                      PRESIDENTE

 

[1]Para ser consejero se requiere: a) ser asociado, b) tener plena capacidad para obligarse, c) No tener deudas vencidas con la cooperativa, d) que sus relaciones con la cooperativa no hayan motivado ninguna compulsión judicial (Art. 46 Estatuto Social)

No pueden ser consejeros: a) Los fallidos por quiebra culpable o fraudulenta hasta 10 años después de su rehabilitación, b) Los fallidos por quiebra casual o los concursados hasta 5 años después de su rehabilitación, c) los directores o administradores de sociedades cuya conducta se calificare de culpable o fraudulenta hasta 10 años después de su rehabilitación, d) Los condenados con accesoria de inhabilitación de ejercer cargos públicos hasta 10 años después de cumplir la condena, e) Los condenados por hurto, robo, defraudación, cohecho, emisión de cheques sin fondo, delitos contra la fe pública hasta 10 años después de cumplida la condena, f) Los condenados por delitos cometidos en la constitución, funcionamiento y liquidación de sociedades hasta 10 años después de cumplida la condena, g) Las personas que perciban sueldo, honorarios o comisiones de la cooperativa salvo lo previsto en el art. 50 del estatuto social. (Art. 47 Estatuto Social)

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